miércoles, 23 de julio de 2014

RECHAZO Y RECLAMO POR EL PROYECTO DE RECONSTRUCCIÓN DEL HOSPITAL VIDAL ABAL DE CÓRDOBA CONTRARIO A LA LEY NACIONAL DE SALUD MENTAL

Ante la difusión pública en medios de prensa de la provincia de Córdoba, del proyecto de reconstrucción del Hospital Vidal Abal de la mencionada provincia, manifestamos nuestra preocupación por tratarse, al igual que en el caso del Hospital Zonda de San Juan, de un nuevo proyecto contrario a la Ley Nacional de Salud Mental 26.657, su decreto reglamentario y al Plan de Salud Mental, y por lo tanto, rechazamos el mencionado proyecto.

La ley 26.657 establece claramente, en su artículo número 27, que las instituciones de internación monovalentes “ya existentes deben sustituirse definitivamente por dispositivos alternativos”, especificando su decreto reglamentario que “la autoridad de aplicación en conjunto con los responsables de las jurisdicciones, en particular de aquellas que tengan en su territorio dispositivos monovalentes, deberán desarrollar para cada uno de ellos proyectos de adecuación y sustitución por dispositivos comunitarios con plazos y metas establecidas. La sustitución definitiva deberá cumplir el plazo del año 2020…”

Según el diario La Mañana de Córdoba, el ministro de salud de la provincia, Francisco Fortuna, señaló que “75 millones de pesos se destinarán a reconstruir unos 20 mil metros cubiertos de los pabellones y otros 12 millones de pesos para los espacios externos.”

La inversión que se proyecta destinar a mejorar la infraestructura del hospital monovalente, debiera destinarse a la sustitución y transformación de la institución conforme a los parámetros y criterios avalados por el COFESA en el Plan de Salud Mental, que en sus puntos 9.2.2 objetivo 2, 9.2.3 objetivo 3 y 9.2.6 objetivo 6 contempla “cerrar de manera programada, gradual y definitiva la admisión para internaciones en instituciones monovalentes; así como promover la redistribución de los recursos humanos y financieros asignados a unidades monovalentes y, el incremento de los recursos asignados a servicios polivalentes y comunitarios.”

Asimismo, resulta alarmante que, según consta en el diario La mañana de Córdoba, Fortuna haya manifestado: “la propuesta está diseñada sobre los ejes que contempla la nueva Ley de Salud Mental, que implica que los pacientes estén cada vez más en contacto con el exterior.” Estas expresiones no hacen más que reproducir los estigmatizaciones y modelos de atención que la Ley Nacional de Salud Mental se propone y dispone erradicar. No se trata, como declara Fortuna, de que las personas “estén cada vez más en contacto con el exterior”; se trata de la aplicación del paradigma de derechos humanos en la atención en salud mental que implica no aislar, no segregar y no excluir, y, en cambio, atender a las personas con padecimientos mentales en hospitales polivalentes, desarrollar dispositivos comunitarios y abordajes interdisciplinarios.

Responsabilizamos a las autoridades locales y nacionales de aplicación y control por el cumplimiento efectivo de lo dispuesto por la Ley Nacional de Salud Mental 26.657 y, a su vez, reclamamos que no se tergiverse, ni se declare en nombre de la ley para avalar proyectos que la vulneran.


-Frente por la Salud Mental

-Red por la Plena Implementación de la Ley Nacional de Salud Mental

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